Las familias que lleven a sus hijos a
colegios con comedores escolares y este servicio sea prestado por una entidad
pública o una entidad sin ánimo de lucro se beneficiarán de una exención del
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
La medida parte de una enmienda presentada
por el Grupo Popular en el Congreso y cumple los preceptos del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea. Hasta ahora la tributación del IVA en el servicio
de los comedores escolares era complicada. Se eximía del impuesto a las
instituciones públicas. También se preveía una exención para los servicios de
guarda y custodia de niños y comedor escolar prestados por entidades sin ánimo
de lucro para niños de hasta seis años. A partir de esta edad, las
instituciones que prestasen este servicio tenían que tributar con un IVA del
21%.Las entidades privadas con ánimo de lucro tenían un IVA reducido hasta los
seis años y del 21% a partir de esa edad.
Cuando se apruebe la enmienda con la Ley de
Presupuestos Generales del Estado de 2014, las entidades sin ánimo de lucro no
tendrán que tributar por prestar el servicio de comedor escolar. "Esto
supone extender la exención de estos servicios sin ningún límite de edad".
El periódico elpais.com 2013-11-05
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